jueves, 29 de agosto de 2013

INADMISIBLE: Superintendencia de Riesgos del Trabajo, avala la discriminación laboral de las personas que viven con VIH.

En la presente solicitada los autores del proyecto de ley de “Regulación de los Análisis Preocupacionales: Trabajo SIN Discriminación”, Sr. Hernán Aguilar y Dr. Carlos Fiorentino, en representación de las más de 50 organizaciones de la sociedad civil con trabajo en VIH/sida y Derechos Humanos que la avalan, queremos invitar a reflexionar al “Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación” sobre las prácticas discriminatorias que desean seguir avalando en detrimento de las personas que viven con VIH y otras patologías crónicas no incapacitantes, negándoles la oportunidad de acceder al mercado laboral poniendo como obstáculo a los análisis preocupacionales que según la Res. SRT N° 37/10 que “en ninguno de los casos deberían ser utilizados como discriminación al empleo“; pero que librados al azar sin una regulación que visibilice sus instancias (como sucede en la actualidad) son y serán motivo de exclusión laboral.

Tomamos como una irresponsabilidad la decisión de “no innovar en la materia” con fecha 08/05/2013 en la contestación de la Superinntendecia de Riesgos del Trabajo bajo la Firma del Dr. Jorge A Kohen. En la misma misiva se estima que según datos estadísticos del 2011 habría un “23% de discriminación laboral” pero se desconoce el porcentaje de los discriminados por preocupacionales, lo cual es lógico porque el vacio regulatorio imposibilita la comprobación del acto discriminatorio. Por otro lado, la misma respuesta, estima a priori y reconociendo la “falta de estudios de factibilidad” que el estado no puede garantizar el cumplimiento de la ley propuesta por medio de sus efectores públicos de salud y que “debería sumarse a los privados existentes y no ser el único”. A lo que respondemos que el estado puede y debe ser garante del derecho más básico de las personas al trabajo y terminar de una vez por todas con la connivencia de privados que lucra con el dolor de las personas.

Aclaramos que no deseamos imponer la no realización del test de VIH, queremos que se haga de forma voluntaria y confidencial como lo establece la Ley Nacional de sida y obviamente garantizar la contención y tratamiento en caso de ser necesario, donde el primer depositario de la información sea la persona testeada.

Cabe recordar a la Superintendecia de Riesgos del Trabajo, el principio básico de autonomía de las personas donde la sangre es un “tejido” por lo que cualquier dato que se pueda obtener de ella debe ser informado en primera instancia a su “dueño” y este podrá presentarlos ante quien lo requiera si lo considera pertinente.

Para finalizar denunciamos con espanto la siguiente afirmación de la contestación, que avala la discriminación de las personas que viven con VIH por lo cual deseamos revean en lo personal e institucional, el Dr Kohen y el Ministerio de Trabajo la siguiente frase -cito a continuación-: En la propuesta de regulación de análisis preocupacionales “se propone que el prestador público entregue los resultados al postulante y este lo provea a la empresa que lo solicitó, pero en estos casos tampoco se garantiza que el empleador, ante la positividad del análisis de VIH, “descarte” al postulante y le informe seleccionó a otra persona”. No podemos reaccionar más que absortos ya que un Ministerio está reconociendo el circuito discriminatorio que denunciamos sino que ¡lo avala! Le recordamos a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo que en caso de que una persona diera un test de VIH positivo, en la instancia de preocupacionales no puede ser expulsada de la posibilidad laboral (según legislación vigente actualmente). Por otra parte, en caso de ser excluido, queremos que el futuro empleado esté al tanto de los motivos de exclusión para que tenga herramientas para demostrar el posible acto discriminatorio y denunciarlo como tal. 

Por lo expuesto la única forma que advertimos de terminar con esta segregación y violencia laboral hacia las personas que viven con VIH es que el primer depositario de los datos  de su situación de salud sea el postulante y  que el estado sea el garante del derecho de las y los argentinas/os que queremos trabajar.

Esperamos puedan rever su postura.

Sr. Hernán Aguilar
Dr. Carlos Fiorentino

En respuesta a:
NOTA GP N° 6668/13
Ref.: Expedientes SRT Nos. 21741/12 y 02804/13 (Proyecto Presentado ante Presidencia de la Nación)




No hay comentarios.:

Publicar un comentario