miércoles, 22 de abril de 2015

MINISTERIO DE TRABAJO Y UNA RESOLUCIÓN SOBRE VIH/sida PARA QUE TODO SIGA IGUAL

COMUNICADO POR UN TRABAJO SIN DISCRIMINACIÓN

Desde el 2011, junto a más de 50 Organizaciones de Argentina y Latinoamérica con trabajo en VIH/sida, venimos pidiendo por una LEY que regule los análisis preocupacionales por un “Trabajo Sin Discriminación”.

El Ministerio de Trabajo de la Nación por resolución N° 270/15 a decretado la prohibición de la realización del test de VIH en el examen preocupacional y lamentablemente todo seguirá igual siendo esta una mera expresión de deseo.


La resolución del Ministerio de Trabajo habla del completo desconocimiento de la problemática real de las personas que viven con VIH, pero no se trata de ingenuidad de quienes la promueven y difunden, sino de una manipulación “marketinera” que vende ilusiones a las víctimas para que no cambie nada.

Desde 1990 bajo la Ley 23.798 (Ley Nacional de sida), se encuentra prohibido la realización compulsiva o no voluntaria del Test de VIH, al igual que la resolución de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo,  N° 37/10  en su  Art. 2 Establece: “En ningún caso -los análisis preocupacionales- pueden ser utilizados como elemento discriminatorio para el empleo”. Es decir que la nueva resolución no aporta ninguna novedad.

El problema surge cuando el empleador en connivencia con laboratorios “privados” realizan de forma oculta el Test de VIH/sida o las seleccionadoras de personal para el trabajo (intermediarios no previstos por la legislación) piden una lista de chequeos y obligan a firmar conforme al futuro trabajador  y si se niega a derecho “por algo debe ser”. Así, ante un positivo, se impide el acceso al trabajo y la persona nunca sabe las causas reales  y queda imposibilitada de demostrar la discriminación. Esta situación también se da en mujeres gestantes a través de la realización oculta del test de embarazo y otras patologías.

“No hay razón –científica, racional o de cualquier índole- para pedir a los candidatos a un puesto de trabajo o a los trabajadores en activo que proporcionen información personal relativa al VIH”. Organización Internacional del Trabajo -OIT

“Trabajo Sin Discriminación” propone que el Estado, a través de los efectores públicos de salud, sea el garante del derecho y los test preocupacionales se hagan EXCLUSIVAMENTE en el ámbito de la salud pública.

Sabemos del otro lado hay grandes laboratorios y empresas de medicina laboral que rifan por dinero el sueño del acceso al trabajo. También cajonean a “Trabajo Sin Discriminación” funcionarios y legisladores  -quienes en pos de mantener ciertos “vínculos y beneficios”- deciden excusar en la imposibilidad del estado de hacerse cargo, cuando en realidad los preocupacionales son análisis de rutina que se pueden hacer en cualquier centro de salud que cuenta con laboratorio y rayos x. Incluso podrían facturarse a los empleadores por medio del sistema que poseen los hospitales públicos descentralizados, sin acarrear ningún gasto a la salud pública.

Un Estado que se jacta de combatir monopolios y garantizar los derechos de todas y todos debe tomar cartas en esta problemática con una LEY que termine con los que negocian con la salud y los sueños ajenos. No hay jerarquía ni prioridades a la hora de los Derechos Humanos, es hora de cumplirlos. El bien de todas y todos está sobre cualquier interés económico particular.        

Hernán Aguilar
Activista en VIH/sida. FAP VIH
Sociedad Argentina Interdisciplinaria de sida  – SAISIDA-

Dr. Carlos Fiorentino
Médico Internista – Medicina Social y Comunitaria
Activista Comunitario en VIH/sida y DDHH


MÁS INFORMACIÓN: https://www.facebook.com/trabajosindiscriminacion

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