COMUNICADO POR UN TRABAJO SIN DISCRIMINACIÓN
Desde el 2011, junto a más de 50
Organizaciones de Argentina y Latinoamérica con trabajo en VIH/sida, venimos
pidiendo por una LEY que regule los análisis preocupacionales por un “Trabajo
Sin Discriminación”.
El Ministerio de Trabajo de la
Nación por resolución N° 270/15 a decretado la prohibición de la realización
del test de VIH en el examen preocupacional y lamentablemente todo seguirá
igual siendo esta una mera expresión de deseo.
La resolución del Ministerio de Trabajo habla del completo desconocimiento de la problemática real de las personas que viven con VIH, pero no se trata de ingenuidad de quienes la promueven y difunden, sino de una manipulación “marketinera” que vende ilusiones a las víctimas para que no cambie nada.
Desde 1990 bajo la Ley 23.798
(Ley Nacional de sida), se encuentra prohibido la realización compulsiva o no
voluntaria del Test de VIH, al igual que la resolución de la Superintendencia
de Riesgos de Trabajo, N° 37/10 en su Art. 2 Establece: “En ningún caso -los análisis preocupacionales- pueden ser
utilizados como elemento discriminatorio para el empleo”. Es decir que la nueva resolución no aporta ninguna
novedad.
El problema surge cuando el empleador en connivencia con laboratorios “privados” realizan de forma
oculta el Test de VIH/sida o las seleccionadoras de personal para el
trabajo (intermediarios no previstos por la legislación) piden una lista de
chequeos y obligan a firmar conforme al futuro trabajador y si se niega a derecho “por algo debe ser”.
Así, ante un positivo, se impide el acceso al trabajo y la persona nunca sabe
las causas reales y queda imposibilitada
de demostrar la discriminación. Esta situación
también se da en mujeres gestantes a través de la realización oculta del test
de embarazo y otras patologías.
“No hay razón –científica, racional o de cualquier índole- para pedir a los candidatos a un puesto de trabajo o a los trabajadores en activo que proporcionen información personal relativa al VIH”. Organización Internacional del Trabajo -OIT
“Trabajo Sin Discriminación” propone que el Estado, a través de los efectores públicos de salud, sea el garante del
derecho y los test preocupacionales se hagan EXCLUSIVAMENTE en el ámbito de
la salud pública.
Sabemos del otro lado hay grandes
laboratorios y empresas de medicina laboral que rifan por dinero el sueño del
acceso al trabajo. También cajonean a “Trabajo Sin Discriminación” funcionarios
y legisladores -quienes en pos de
mantener ciertos “vínculos y beneficios”- deciden excusar en la imposibilidad
del estado de hacerse cargo, cuando en realidad los preocupacionales son
análisis de rutina que se pueden hacer en cualquier centro de salud que cuenta
con laboratorio y rayos x. Incluso podrían facturarse a los empleadores por
medio del sistema que poseen los hospitales públicos descentralizados, sin
acarrear ningún gasto a la salud pública.
Un Estado que se jacta de
combatir monopolios y garantizar los derechos de todas y todos debe tomar
cartas en esta problemática con una LEY que termine con los que negocian con la
salud y los sueños ajenos. No hay
jerarquía ni prioridades a la hora de los Derechos Humanos, es hora de cumplirlos. El bien de todas y todos está sobre
cualquier interés económico particular.
Hernán Aguilar
Activista en VIH/sida. FAP VIH
Sociedad Argentina
Interdisciplinaria de sida – SAISIDA-
Dr. Carlos Fiorentino
Médico Internista – Medicina Social
y Comunitaria
Activista Comunitario en VIH/sida
y DDHH
MÁS INFORMACIÓN: https://www.facebook.com/trabajosindiscriminacion
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